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REGISTRO DE DENUNCIAS DE SUSTANCIAS MINERALES

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Descripción del servicio

Consiste en asentar en el libro de Denuncias del Registro Público de Derechos Mineros, las indicaciones sobre la presencia de substancias minerales, para su posterior evaluación cartográfica.

A quién va dirigido

Público en general (persona física o jurídica).

Departamento que lo ofrece

Registro público de derecho minero y Dirección de Catastro Minero.

Información de contacto

Tel.: 809-685-8191 ext. 250 - 246
Correo: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
Dirección: Santo Domingo

Requerimientos o requisitos

  1. Carta de solicitud, original y cinco (5) copias. (Hacer constar nombre, nacionalidad, domicilio, profesión, numero de cedula o documento de identificación del denunciante y si fuere persona moral de su representante, dirección electrónica, teléfono móvil y de oficina, indicar el paraje, municipio y provincia, así como la clase de mineral denunciado.
  2. Fotocopia de la Cedula de Identidad y Electoral o pasaporte del solicitante.
  3. En caso de ser representante, el poder de representación en original, debidamente notariado.
  4. Fotocopia de la Certificación del Registro Mercantil en caso de Persona Jurídica.
  5. Descripción de las coordenadas, con el número, nombre de la hoja topográfica del catastro cartográfico militar y el sistema de referencia geodésico.
  6. Mapa georreferenciado (Coordenadas UTM) del área a solicitar.

Procedimientos a seguir

  1. Hacer carta de solicitud de denuncia, dirigida al Director General de Minería.
  2. Depositar la solicitud con los requerimientos establecidos por ante el Registro Público de Derechos Mineros.
  3. Pagar el punto de la coordenada denunciada, en la unidad de Contabilidad.
  4. Obtener acuse de inscripción de la denuncia.

Horario de prestación

De: Lunes a Viernes. Horario: 8:00 a.m. - 4:00 p.m.

Costo

Cada punto inscrito son RD$500.00

Tiempo de realización

Para la inscripción en el Registro Público de Derechos Mineros un máximo de 5 hora(s) laborables y para la evaluación técnica cartográfica diez días hábiles.

Canal de Prestación

Presencial.

Información adicional

Persona responsable: Encargado del Registro Público de Derechos Mineros y el Director del Catastro Minero.

Base legal del servicio: Artículos Nos. 25 de la Ley Minera No. 146/71, y los artículos 11 y 54 de su Reglamento de aplicación No. 207/98 .

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